ACUERDO MUNICIPAL 17-12-1986
Se modifica Acuerdo de fecha nueve de mayo de mil novecientos setenta y nueve, Tasa del Alumbrado Público del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala.
La Corporación Municipal de la Ciudad de Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que es obligación de la Municipalidad de Guatemala atender en forma eficiente la prestación de los servicios públicos municipales, entre los cuales se encuentra el alumbrado público;
CONSIDERANDO:
Que es de justicia tributaria que la tasa de alumbrado público sea modificada para que su efecto sea equitativo y que recaiga principalmente en relación a la capacidad de pago de los vecinos de la ciudad de Guatemala,
POR TANTO,
En uso de las facultades que le confieren los artículos 4o. inciso e) y 98 del Código Municipal, Decreto 1183 del Congreso de la República,
ACUERDA:
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