ACUERDO  37-2005

Se adiciona el artículo 12 Bis al Acuerdo de esta Corte número 10-2005, de fecha 02 de marzo de 2005, referente al pago, en concepto de viáticos para la prestación del servicio por parte de Jueces Suplentes.


ACUERDO No. 37-2005


CONSIDERANDO:

Que es necesario designar a Jueces de Paz y de Primera instancia Suplentes con el objeto de garantizar que el servicio de administración de justicia, en toda la República de Guatemala, no se vea interrumpido, por lo que es conveniente dictar las disposiciones necesarias para coadyuvar a que dicha medida sea efectiva.


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 203, 205, 209 y 210 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 52, 54 letra f), y 94 de la Ley del Organismo Judicial,


ACUERDA:

 
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