ACUERDO GUBERNATIVO 473-95
Se aprueba el Primer Addéndum Acesulfame-k a la Norma COGUANOR NGO 34 192 Aditivos Alimentarios para consumo humano.
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 473-95
Palacio Nacional: Guatemala, 25 de septiembre de 1995.
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que corresponde a la Comisión Guatemalteca de Normas (COGUANOR), estudiar, elaborar, adoptar y proponer al Organismo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Economía, la aprobación de Normas que se consideren de utilidad para el país y contribuyan al desarrollo industrial, estableciendo principios de equidad en las relaciones entre productores y consumidores.
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Directivo de la Comisión Guatemalteca de Normas, convocó en su oportunidad a todos los Sectores Públicos y Privados involucrados en la producción y comercialización de Aditivos Alimentarios para consumo humano, así como a otras entidades relacionadas por el tema, a efecto de que se pronuncien sobre la propuesta de Norma que establece las características y requisitos que deben reunir dichos productos.
CONSIDERANDO:
Que habiéndose recibido diversas opiniones de los diferentes sectores, las cuales fueron conocidas por el Consejo Directivo de la Comisión Guatemalteca de Normas, y habiéndose sometido a estudio el referido documento, ese Cuerpo Colegiado, en el Punto CUARTO, Acta Número 17-95 de fecha 23 de Marzo de 1995, emitió la Resolución Número 06-95, en la que se adopta el Primer Addendum Acesulfame-K a la Norma COGUANOR NGO 34 192 ADITIVOS ALIMENTARIOS PARA CONSUMO HUMANO, habiéndose satisfecho todos los requisitos en la adopción de la Norma es procedente acordar su aprobación en forma legal.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con base en los artículos 2o. literal b) y 6o. del Decreto 1523 del Congreso de la República, Ley de Creación de la Comisión Guatemalteca de Normas (COGUANOR).
ACUERDA:
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