ACTA MUNICIPAL 2439-2005.9
Se crea el Cuerpo Consultivo Municipal de Prevención de la Violencia y Apoyo a la Seguridad Ciudadana, del Municipio de Villa Nueva.
ACTA NÚMERO 2,439-2005 PUNTO NOVENO
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA NUEVA, MUNICIPIO DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.
CERTIFICA:
Tener para el efecto el libro de actas de sesiones públicas ordinarias de la Corporación Municipal, en el que se encuentra el acta número dos mil cuatrocientos treinta y nueve guión dos mil cinco (2,439-2,005) de fecha ocho de agosto del año dos mil cinco, la que en su punto noveno en su parte conducente copiado textualmente dice:
"NOVENO: . . .
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE VILLA NUEVA
CONSIDERANDO:
Que por mandato constitucional, los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas debiendo atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios; y, en el ejercicio de su autonomía, a las Municipalidades les corresponde atender y disponer de sus recursos y, por consiguiente, emitir las ordenanzas y reglamentos respectivos.
CONSIDERANDO:
Que compete al Concejo Municipal, entre otras, la convocatoria a los distintos sectores de la sociedad del municipio para la formulación e institucionalización de las políticas públicas municipales y de los planes de desarrollo urbano y rural del municipio, identificando y priorizando las necesidades comunitarias y propuestas de solución a los problemas locales, así como la organización de cuerpos técnicos, asesores y consultivos que sean necesarios al municipio.
POR TANTO:
Con fundamento en lo considerado y en lo que establecen los artículos: 60, 61 y 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 7, 9,33,35, incisos c) y 1), del Código Municipal (Decreto 12-2002, del Congreso de la República).
ACUERDA:
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