ACUERDO GUBERNATIVO  287-2005

Traslada la competencia de la administración de tránsito a la Municipalidad de Santa Lucía Cotzumalguapa, Escuintla única y exclusivamente dentro de su jurisdicción.

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 287-2005

Guatemala, 5 de julio de 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que la descentralización es el proceso sistemático mediante el cual el Gobierno Central delega la ejecución y el control administrativo de ciertas funciones a entes distintos de sí mismo o a sus entidades autónomas y descentralizadas, reteniendo las funciones reguladora, normativa y de financiamiento con carácter subsidiario y de control.

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 132-96 del Congreso de la República -Ley de Tránsito-, faculta al Organismo Ejecutivo, para que mediante Acuerdo Gubernativo pueda trasladar la competencia de la administración de tránsito a las municipalidades de la República que se encuentren en condiciones de realizar dicha función eficientemente dentro de su jurisdicción y acrediten, como mínimo, los extremos señalados en dicho cuerpo legal.

CONSIDERANDO:

Que el Concejo Municipal de Santa Lucía Cotzumalguapa, Departamento de Escuintla, acordó facultar al Alcalde Municipal, para que en representación de la Municipalidad promueva la solicitud de traslado de la competencia de la administración de tránsito a favor de ese Municipio, asimismo, demostró que se encuentra en condiciones de realizar dicha función eficientemente dentro de su jurisdicción y además cumplió con los requisitos establecidos en la Ley de Tránsito.

POR TANTO:

En ejercicio de la función que le confiere el artículo 183 inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con base en lo establecido en los artículos 8 del Decreto número 132-96 del Congreso de la República, Ley de Tránsito y 27 inciso d) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.

ACUERDA:

 
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