ACUERDO 36-2015
El Juzgado Décimo de Paz Móvil, con sede en el departamento de El Progreso, se fusionara al Juzgado Primero Pluripersonal de Paz Penal del municipio y departamento de Guatemala
ACUERDO NÚMERO 36-2015
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia emitir las disposiciones pertinentes para hacer efectivo y eficaz el funcionamiento de cada uno de los órganos jurisdiccionales, así como distribuir la competencia por razón de la materia, cuantía y territorio.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el articulo 13 del Acuerdo número 24- 2005 de la Corte Suprema de Justicia que contiene el Reglamento Interior de Juzgados y Tribunales Penales, se establece que, el despacho judicial es único y que donde se considere oportuno, para garantizar la tutela judicial, se podrán nombrar varios jueces en un mismo despacho judicial los que mantendrán coordinación entre sí, con el propósito de optimizar los recursos y evitar la demora en la tramitación de los casos.
CONSIDERANDO
Que mediante Acuerdo 58-2012 de la Corte Suprema de Justicia se creó el Juzgado Primero Pluripersonal de Paz Penal del municipio y departamento de Guatemala, por fusión de los Juzgados Primero y Quinto de Paz Penal del municipio y departamento de Guatemala, que por la naturaleza de su competencia, la dinámica y carga de trabajo, ha evolucionado notablemente, siendo necesario fusionar a este órgano jurisdiccional el Juzgado Décimo de Paz Móvil con sede en el departamento de El Progreso, con el objeto de institucionalizar esos procesos y hacerlo más funcional y eficaz al momento de dar respuesta a los requerimientos de los usuarios.
POR TANTO
Con fundamento en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 203 y 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 43 numeral 1}, 44, 52 y 465 Ter del Código Procesal Penal, Decreto 51-92 del Congreso de la República de Guatemala; 53, 54 letra f), 58, 77 "y 101 de la Ley del Organismo Judicial,
ACUERDA
- Buscado: 2,053 veces.
- Ficha Técnica: 26 veces.
- Imagen Digital: 26 veces.
- Texto: 18 veces.
- Formato PDF: 2 veces.
- Formato Word: 5 veces.