ACUERDO GUBERNATIVO 35-99
Se acuerda reformar el Reglamento de la Ley reguladora del uso y captación de señales vía satélite y su distribución por cable, contenido en el Acuerdo Gubernativo 722-93.
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 35-99
Guatemala, 30 de enero de 1999.
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que la "Ley Reguladora del Uso y Capación de Señales Vía Satélite y su Distribución por Cable" en el artículo 13, prevé que el Ministerio de Comunicaciones, Transporte, Obras Públicas y Vivienda, creará la UNIDAD DE CONTROL Y SUPERVISION que será la encargada de vigilar y comprobar el cumplimiento de dicha Ley, Unidad que fue establecida por ese Ministerio, mediante el Acuerdo Ministerial Número 973-98 de fecha 24 de junio de 1998.
CONSIDERANDO:
Que el Reglamento de la "Ley reguladora del Uso y Captación de Señales Vía Satélite y su Distribución por Cable", faculta a la Dirección General de Radiodifusión y Televisión Nacional para ejecutar ciertas acciones que actualmente le compete realizar a la UNIDAD DE CONTROL Y SUPERVISION, por lo que es necesario modificar dicho reglamento para evitar dualidad de funciones en dependencias del mismo Ministerio.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere la literal e) del artículo 183 de la Constitución Política de la República.
ACUERDA:
Las siguientes reformas al Reglamento de la "Ley Reguladora del Uso y Captación de Señales Vía Satélite y su Distribución por Cable"; contenido en el Acuerdo Gubernativo No. 722-93.
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