EXPEDIENTE 941-2005
Decreta la suspensión provisional de los artículos 8, 9, 12 y 13 del Decreto 25-2005, Ley que Declara Como Área Protegida el Monumento Natural Semuc-Champey.
EXPEDIENTE 941-2005
Of. 5°. Secretaria.
Asunto: Inconstitucionalidad General Parcial. Solicitante: ALCALDE MUNICIPAL DE LANQUIN, DEL DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ. Norma Impugnada: ARTÍCULOS 8, 9, 12 Y 13 DEL DECRETO VEINTICINCO - DOS MIL CINCO (25-2005) DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA.
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, dieciséis de mayo de dos mil cinco.
Se tiene a la vista para resolver, la Acción de Inconstitucionalidad General Parcial de los artículos 8, 9, 12 y 13 del Decreto veinticinco - dos mil cinco (25-2005) del Congreso de la República de Guatemala, promovida por el Alcalde Municipal de Lanquín del departamento de Alta Verapaz.
CONSIDERANDO
El artículo 138 de la Ley de Amparo. Exhibición Personal y de Constitucionalidad establece: "la Corte de Constitucionalidad deberá decretar, de oficio y sin formar artículo, dentro de los ocho días siguientes a la interposición, la suspensión provisional de la ley, reglamento o disposición de carácter general si, a su juicio, la inconstitucionalidad fuere notoria y susceptible de causar gravámenes irreparables."
En el presente caso, esta Corte estima que concurren los supuestos que prevé la norma legal precitada, razón por la cual, se decreta la suspensión provisional de la disposición impugnada, tal como se indica la parte resolutiva del presente auto.
CITA DE LEYES
Artículo citado y 139 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.
POR TANTO
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