ACUERDO MUNICIPAL  159-98

Acuérdase que a partir del 1 de enero de 1999 los contratos de áreas en el Cerro Siete Orejas, se otorgará por el término de un año.

*Derogado por artículo 67 del Acta 146-2010.10 del Concejo Municipal de Quetzaltenango de fecha 15-07-2010.


El Infrascrito Secretario Municipal de Quetzaltenango

CERTIFICA: haber tenido a la vista el libro de actas respectivo, en el que se encuentra el punto OCTAVO del acta numero CIENTO CINCUENTA Y NUEVE GUION NOVENTA Y OCHO de sesión ordinaria realizada por el HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE QUETZALTENANGO el treinta de noviembre de mil novecientos noventa y ocho y el que copiado literalmente, dice:

""" OCTAVO: VISTOS Y CONSIDERANDO: que la Municipalidad de Quetzaltenango es propietaria del CERRO SIETE OREJAS ubicado en el municipio de Quetzaltenango y donde se encuentran instaladas antenas de distintos medios de comunicación social y ante la solicitud de interesados en la renovación de contratos así como de nuevas áreas para los fines ya descritos; se hace necesario fijar el valor de nuevas tasas que se encuentren actualizadas en debida forma. POR TANTO: con base en lo considerado y luego de la deliberación correspondiente el HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL por unanimidad ACUERDA:

 
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