ACUERDO GUBERNATIVO 122-83
Aprueba como Norma Guatemalteca Obligatoria (NGO) 44027, Plaguicidas y 44048 h13, Plaguicidas. Determinación de la Acidez Libre.
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 122-83
Palacio Nacional: Guatemala, 15 de marzo de 1983.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
CONSIDERANDO:
Que corresponde a la Comisión Guatemalteca de Normas, estudiar, elaborar, adoptar y proponer al Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Economía, la aprobación de Normas de carácter básico, nomenclatura y demás adoptadas por los Institutos Internacionales de Fijación de normas, que se consideren de utilidad para el país y contribuyan a fomentar el desarrollo industrial estableciendo principios de equidad en las relaciones entre productores y consumidores.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión a que se refiere el considerando anterior en el Punto 5º., del Acta Número 4-83 de fecha 25 de enero de 1983 y Resolución número 3-83 adoptó las Normas COGUANOR NGO 44 027 PLAGUICIDAS. Insecticidas Orgánicos Halogenados DDT Técnico. COGUANOR NGO 44 048 h13 PLAGUICIDAS. Determinación de la acidez libre. Y habiendo emitido previamente la misma Comisión opinión favorable sobre su conveniencia, es procedente acordar su aprobación legal.
POR TANTO;
En el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 4º., del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por el Decreto Ley Número 36-82 y con base en el artículo 6o., del Decreto 1523 del Congreso de la República, Ley de Creación de la Comisión Guatemalteca de Normas COGUANOR.
ACUERDA:
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