ACUERDO  D-SAT-007-2005

Faculta a la Superintendencia de Administración Tributaria, SAT, para que entregue a los propietarios de vehículos terrestres las nuevas placas de circulación metálicas y tarjeta de circulación.

ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO D-SAT-007-2005

El Secretario del Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria, CERTIFICA: Que ha tenido a la vista el Acuerdo de Directorio Número D-SAT-007-2005, emitido en la Sesión del Directorio de fecha martes quince de marzo del año dos mil cinco, documentado en el Acta No. 022-2005, que textualmente dice:

ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO D-SAT-007-2005

EL DIRECTORIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

CONSIDERANDO:

Que la Superintendencia de Administración Tributaria está facultada para establecer y operar los procedimientos y sistemas que faciliten a los contribuyentes o responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, por lo que en su oportunidad emitió el Acuerdo de Directorio número 001- 2004 de la Superintendencia de Administración Tributaria, que contiene aspectos a seguir para la entrega de las placas y tarjeta de circulación para vehículos terrestres.

CONSIDERANDO:

Que en la aplicación del Acuerdo referido en el considerando anterior, se encontraron aspectos no previstos que hacen necesario la derogatoria del mismo y la emisión de un nuevo acuerdo por medio del cual se desarrolle de manera ágil la entrega de las placas y tarjeta de circulación para vehículos terrestres.

POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 7 inciso e) del Decreto 1-98 del Congreso de la República, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria,

ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 4,031 veces.
  • Ficha Técnica: 47 veces.
  • Imagen Digital: 47 veces.
  • Texto: 47 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 8 veces.
  • Formato Word: 13 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu