ACUERDO 1-2002
Se acuerda que los Juzgados de Primera Instancia Penal y Delitos Contra el Ambiente y los tribunales de Sentencia de los departamentos que integran las regiones Oriente y Occidente, conocerán nuevamente, a partir de la vigencia, del Delito de Posesión.
ACUERDO No. 1-2002
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el resultado de las estadísticas elaboradas en relación al flujo de trabajo en los juzgados y tribunales de alto impacto es conveniente, por su incidencia, importancia y una equitativa distribución de procesos, asignar competencia a los juzgados y tribunales comunes, en el delito de posesión para el consumo, debiéndose como consecuencia modificar los acuerdos 8-2000, 41-2000, 46-2000 y 13-2001.
POR TANTO:
Con fundamento en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 203, 204, y 213 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 43, 45, 47, 48, 49, 50, 52, 309, 342, y 350 del Código Procesal Penal; 54 letras a) y f) 86 y 94 de la Ley del Organismo Judicial, Artículo 39 de la Ley Contra la Narcoactividad, Decreto 48-92 del Congreso de la República, integrada esta Corte como corresponde.
ACUERDA:
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