DECRETO DEL CONGRESO 27-04
Aprueba Convenio Internacional para la Conservación del Atún del Atlántico y sus Protocolos.
DECRETO NÚMERO 27-04
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establece el artículo 149 de la Constitución Política de la República, Guatemala normará sus relaciones con otros Estados, de acuerdo con los principios, reglas y prácticas internacionales con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados.
CONSIDERANDO:
Que los artículos 97 y 119 de la Ley fundamental de la República establecen que el Estado, las Municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga a la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico. "Se dictaran las normas necesarias para garantizar que la utilización y aprovechamiento de la fauna, de la flora, de la tierra y del agua, se realicen racionalmente evitando su depredación y que son obligaciones fundamentales del Estado, el adoptar las medidas que sean necesarias para la conservación, desarrollo y aprovechamiento de los recursos naturales en forma eficiente".
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Número 80-2002 del Congreso de la República, Ley General de Pesca y Acuicultura, tiene por objeto regular la pesca y la acuicultura, normar las actividades pesqueras y acuícolas a efecto de armonizarlas con los adelantos de la ciencia, ajustándolas con métodos y procedimientos adecuados para el uso y aprovechamiento racional de los recursos hidrobiológicos en aguas de dominio público.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y l) de la Constitución Política de la República de Guatemala,:
DECRETA:
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