ACUERDO GUBERNATIVO 292-2004
Crea la figura del Comisionado Presidencial para el Seguimiento al Plan de Gobierno.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 292-2004
Guatemala, 16 de septiembre de 2004.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 183 inciso s) de la Constitución Política de la República de Guatemala es función del Presidente el nombramiento de Ministros de Estado, Viceministros, Secretarios y Subsecretarios de la Presidencia, embajadores y demás funcionarios que le corresponda conforme a la ley. Asimismo, la Ley del Organismo Ejecutivo en su artículo 5., último párrafo, establece que compete al Presidente de la República, mediante Acuerdo Gubernativo, crear y establecer las funciones, atribuciones y temporalidad de las Comisiones que considere oportunas.
CONSIDERANDO:
Que es obligación del Estado al tenor de lo prescrito en la Constitución Política de la República de Guatemala, garantizar el desarrollo social y económico de todas las personas, por lo que debe fomentarse los mecanismos generadores de políticas públicas, programas y acciones que promueva las condiciones propicias para alcanzar el desarrollo nacional.
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la República de Guatemala estima fundamental la colaboración de ciudadanos calificados que apoyen, faciliten y armonicen la participación del Estado; y requiere de mecanismos para el diseño e implementación de políticas e instrumentos que contribuyan a crear estrategias que tengan como propósito fundamental elaborar los procedimientos legales y diseñar las políticas públicas que establezcan las bases institucionales necesarias para promover la adecuada implementación de los presupuestos prioritarios del plan de gobierno.
POR TANTO:
En ejercicio de la función que le confiere el artículo 183 incisos e) y s) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y el artículo 5, último párrafo de la Ley del Organismo Ejecutivo,
ACUERDA:
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