ACUERDO GUBERNATIVO  265-2004

Declara sector de alto riesgo terreno adyacente al Acueducto Nacional.

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 265-2004

Guatemala, 26 de agosto del 2004

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:


Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado se organiza para proteger a las personas y a sus bienes y debe garantizarles la vida, la integridad, la paz y la seguridad; por lo cual adoptará las medidas necesarias para evitar en lo posible los daños que pudiera ocasionar cualquier amenaza o calamidad que azote a determinada región o al país.

CONSIDERANDO:


Que las actividades humanas consistentes en extracción de materiales para la construcción, movimiento de tierras y deforestación, han alterado la estabilidad natural de las cuencas hidrográficas de los ríos: Platanitos, El Arenal, Villa Lobos y Guacalate, incluyendo un sector de la línea de conducción del Acueducto Nacional XAYA-PIXCAYA, que suministra agua a la planta de tratamiento de agua potable, ubicada en la aldea Lo de Coy, municipio de Mixco del departamento de Guatemala, por lo que existe la amenaza de una erosión que provocaría su colapso en el sector denominado Canal 20 del Sifón Mashul a la entrada de la quebrada el Zope, y como consecuencia la falta de abastecimiento de agua potable a gran parte de la ciudad capital.

CONSIDERANDO:


Que la Junta Ejecutiva de la Coordinadora para la Reducción de Desastres -CONRED- por recomendación del Dictamen del Consejo Científico integrado por CONRED, El Instituto Nacional de Sismología, Vulcanología, Meteorología e Hidrología -INSIVUMEH-, Escuela Regional de Ingeniería Sanitaria de la Universidad de San Carlos de Guatemala, La Autoridad del Manejo Sustentable de la Cuenca y del Lago de Amatitlán -AMSA-, el Ministerio de Energía y Minas -MEM-, El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales-MARN-, Empresa Municipal de Agua de la ciudad de Guatemala--EMPAGUA-, las municipalidades de Santa Lucía Milpas Altas del departamento de Sacatepéquez y Villa Nueva del departamento de Guatemala, con fechas 23 de junio del año 2004 y 13 de agosto de 2004, declaró sector de alto riesgo la línea de conducción del Acueducto Nacional XAYA-PIXCAYA.

POR TANTO:


En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala.

EN CONSEJO DE MINISTROS

ACUERDA:


 
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