DECRETO DEL CONGRESO  25-04

Ley de Adjudicación de Bienes Inmuebles Ubicados en Proyectos Ejecutados por el Extinto Banco Nacional de la vivienda, a favor de Familias en Situación de Pobreza y Extrema Pobreza.


DECRETO NÚMERO 25-04


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Número 28-2003 del Congreso de la República se concluyó el proceso de liquidación del Banco Nacional de la Vivienda, por existir problemas de orden legal, financiero y administrativo que lo hicieron inoperante para alcanzar los objetivos que justificaron su creación.


CONSIDERANDO:

Que dentro de los compromisos de los Acuerdos de Paz, se obliga al Estado de Guatemala a buscar soluciones habitacionales para quienes carecen de vivienda propia.


CONSIDERANDO:

Que es obligación del Estado procurar el bienestar de la familia, contribuyendo a crear condiciones favorables para elevar el nivel de vida y la seguridad jurídica de las familias en situación de pobreza y extrema pobreza.


CONSIDERANDO:

Que con el objeto de lograr una adecuada administración de los bienes, resultado de las operaciones efectuadas por el Banco Nacional de la Vivienda -BANVI-, así como de los fondos que se asignen para el desarrollo de programas y proyectos de Vivienda Popular, fue necesaria la creación de una Unidad Ejecutora adscrita al Ministerio de Comunicaciones Infraestructura y Vivienda, denominada Unidad para el Desarrollo de Vivienda Popular -UDEVIPO-.


CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda es el responsable de la correcta administración de los activos provenientes de las operaciones efectuadas por el BANVI y que tiene la obligación de concluir los procesos de los proyectos habitacionales iniciados por el Banco, dentro de los que se incluye la recuperación de la cartera crediticia, adjudicaciones y legalizaciones de terrenos y consolidación de proyectos.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala.


DECRETA:

La siguiente:


LEY DE ADJUDICACIÓN DE BIENES INMUEBLES UBICADOS EN PROYECTOS EJECUTADOS POR EL EXTINTO BANCO NACIONAL DE LA VIVIENDA, A FAVOR DE FAMILIAS EN SITUACIÓN DE POBREZA Y EXTREMA POBREZA

 
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