ACUERDO GUBERNATIVO  01-09-1978

Se Acuerda Crear La División De Laboratorios Y Farmacia Como Dependencia De La Dirección General De Servicios De Salud.


Palacio Nacional: Guatemala, 1°. de septiembre de 1978.


El Ministro de Salud Pública y Asistencia Social,


CONSIDERANDO:

Que los Laboratorios y Farmacia de la Dirección General de Servicios de Salud, han venido funcionando como unidad integral, apoyando no sólo a los otros Servicios de Salud, en la detección, diagnóstico, prevención y control de las enfermedades; sino que participando de manera efectiva, en el control de los medicamentos, tanto en lo que concierne a su calidad, como a su precio;


CONSIDERANDO:

Que en el Acuerdo Gubernativo SP G-71-75 de fecha 3 de febrero de 1976, el Departamento de Laboratorios y Farmacia, aparece incorporado a la División de Programación y Servicios Técnicos Generales de la Dirección General de Servicios de Salud, siendo que la necesidad y la práctica, de hecho han propiciado que funcione como una División específica, con los recursos presupuestarios propios,


POR TANTO,

En uso de las facultades que le confiere el inciso 6o. del artículo 197 de la Constitución de la República y el artículo 93 del Reglamento de este Ministerio y sus dependencias,


ACUERDA:

 
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