ACUERDO 38-2004
Crea el Registro Electrónico de poderes.
Crea Registro Electrónico de Poderes.
ACUERDO No. 38-2004
CONSIDERANDO
Que el registro de poderes, revocatorias, sustituciones, modificaciones y renuncias de los mismos y cualesquiera otras inscripciones, anotaciones o cancelaciones u otras operaciones registrales conexas, se halla bajo la competencia del Archivo General de Protocolos, correspondiéndole a esta dependencia garantizar el adecuado uso, preservación, actualización y publicidad de la información respectiva;
CONSIDERANDO
Que el actual procedimiento relacionado con el registro de poderes, está basado en un sistema manual de registro, amparado con soporte documentario de respaldo, por medio de tarjetas movibles y libros, con la consiguiente fragilidad de la seguridad jurídica que debe imperar en las operaciones registrales, resulta necesario actualizarlo, modernizarlo y transformarlo en un Registro Electrónico, dotado de las bondades que al mismo le asisten;
POR TANTO:
Con base en lo considerado y en lo que para el efecto preceptúan los artículos: 1704 del Código Civil; 78 y 81 del Código de Notariado y 54, literal f) y 189 de la Ley del Organismo Judicial;
ACUERDA
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