ACUERDO GUBERNATIVO  15-69

Acuerda normar protección en materia de Seguridad Social para los servidores públicos, que no se encuentren cubiertos por el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.

Acuerda normar protección en materia de Seguridad Social
para los servidores públicos, que no se encuentren
cubiertos por el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.

Acuerdo Gubernativo Número
C. M. 15-69

Palacio Nacional: Guatemala, 30 de abril de 1969.

El Presidente Constitucional de la República,

CONSIDERANDO:

Que mientras se emite el Reglamento que prescribe la Ley de Servicio Civil, Decreto 1748 del Congreso de la República, sobre licencias por motivo de enfermedad de los servidores públicos, es necesario dictar las disposiciones pertinentes que determinen lo relativo a esta clase de prestaciones, tanto para los servidores públicos que actualmente están protegidos por el Programa relativo a Enfermedad del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, como para los que aún no gozan de esos beneficios,

POR TANTO,

En uso de las facultades que le confiere el inciso 4º del artículo 189 de la Constitución,

en Consejo de Ministros,

ACUERDA:

 
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