ACUERDO MINISTERIAL 918-2002
Modificar el Artículo 9, del Acuerdo Ministerial Número 389-98 de fecha 17 de agosto de 1998
ACUERDO MINISTERIAL No. 918-2002
Edificio Monja Blanca: Guatemala, 2 de agosto de 2002
El Ministro de Agrícultura, Ganadería y Alimentación.
CONSIDERANDO:
Que por medio del Acuerdo Ministerial Número 389-98 de fecha 17 de agosto de 1998, se creó la Unidad Especial de Ejecución del Proyecto Postcosecha, teniendo una vigencia de veinticuatro meses, misma que ya venció.
CONSIDERANDO:
Que debido a la importancia del trabajo desarrollado por el Proyecto Postcosecha, se hace necesario ampliar la vigencia del referido Acuerdo Ministerial.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República y sus reformas; y 6o. del Reglamento Orgánico Interno de Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo Número 278-98 de fecha 20 de mayo de 1998, reformado por el Acuerdo Gubernativo Número 746-99 de fecha 30 de septiembre de 1999.
ACUERDA:
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