DECRETO DEL CONGRESO  36-2002

Aprueba El Convenio De Financiación Entre La Comunidad Europea Y La Republica De Guatemala, Para El Apoyo A La Rehabilitación Y Autosostenimiento Del Municipio De IXCAN, Departamento De Quiche.


DECRETO NUMERO 36-2002


EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que Guatemala norma sus relaciones con otros Estados de conformidad con los principios, reglas y prácticas internacionales, con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados.


CONSIDERANDO:

Que durante la década de los años ochenta el Municipio de Ixcán, Departamento de Quiché se vio fuertemente afectado por el conflicto armado interno por el que atravesó Guatemala, siendo escenario de los principales hechos de violencia que durante esa época se dieron en el país.


CONSIDERANDO:

Que en la actualidad, el Municipio de Ixcán, Departamento de Quiché se ha convertido en una zona de acogida para los repatriados, desplazados y desmovilizados; como consecuencia del conflicto interno, poblaciones que se han sentado definitivamente en la región, y que se han esforzado en incorporarse a la vida regular de esa comunidad, sin embargo, los procesos de reasentamiento, reconciliación y reinserción en la zona, presentan una problemática compleja que pone de manifiesto la necesidad de una intervención externa de alta envergadura que permita el desarrollo permanente y sostenible de dichos procesos


CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de Guatemala suscribió con la Comunidad Europea, el veintisiete de agosto de mil novecientos noventa y ocho, el Convenio de Financiación entre la Comunidad Europea y la República de Guatemala, Proyecto Apoyo a la Rehabilitación y Autosostenimiento del Municipio de Ixcán, Departamento de Quiché-Guatemala, Instrumento que tiene como, finalidad primordial contribuir al proceso de paz y desarrollo en diversas áreas del país.


CONSIDERANDO:

Que el Convenio de Financiación persigue mejorar las condiciones de vida de la región y su desarrollo sostenible, promover la difusión de una cultura democrática y ser un instrumento que contribuirá al cumplimiento de los Acuerdos de Paz, especialmente el "Acuerdo para el Reasentamiento de las Poblaciones Desarraigadas por el Conflicto Armado", el "Acuerdo Sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria" y el Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas", lo que coadyuvará al cumplimiento de las obligaciones que en materia de desarrollo regional del país le competen al Estado, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de la República.


CONSIDERANDO:

Que a través del Convenio de Financiación de mérito, la Comunidad Europea otorgará a Guatemala, por medio del Fondo Nacional para la Paz -FONAPAZ-, como entidad ejecutora, una subvención financiera no reembolsable, para promover la rehabilitación socioeconómica del Municipio de Ixcán, Departamento de Quiché, así como la reinserción de los repatriados, desplazados y desmovilizados de esa región.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y I) de la Constitución Política de la República de Guatemala.


DECRETA:

 
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