ACUERDO GUBERNATIVO  179-2001

Acuérdase aprobar en su totalidad la declaratoria de sectores de altos riesgos de las cuencas de Amatitlán, Villalobos y Michatoya, emitida por la Junta y Secretaría ejecutiva de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres CONRED el 6 de abril


ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 179-2001

Guatemala. 10 de mayo de 2001


El Presidente de la República,


CONSIDERANDO

Que es deber del Estado garantizar a los habitantes de la República de Guatemala la vida, la integridad, la tranquilidad y la seguridad tanto de ellos como de sus bienes, adoptando las medidas necesarias para evitar en lo posible los daños de cualquier calamidad o amenaza que azote al país o a determinada región, así como para evitar o reducir sus efectos.


CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Ley de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres, los organismos del Estado, las entidades autónomas y descentralizadas de éste y en general los funcionarios y autoridades de la administración pública quedan obligados a participar en todas aquellas acciones que se anticipen a la ocurrencia de los desastres.


CONSIDERANDO

Que año con año, durante el invierno se han venido produciendo una serie de eventos tales como inundaciones, arrastre y deposición de sedimentos, crecidas y movimientos de terrenos y laderas en los sectores comprendidos en las cuencas de Amatitlán y los ríos Villalobos y Michatoya, los cuales provocan daños a los habitantes de las áreas circunvecinas así como a sus bienes y a la estructura física de obras públicas y privadas, lo que hace urgente y necesario emitir las disposiciones legales tendientes a prevenir tales daños.


CONSIDERANDO

Que la Junta y Secretaría Ejecutiva de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres -CONRED- con fecha 6 de abril de 2001 declaró SECTORES DE ALTO RIESGO EN LAS CUENCAS DE AMATITLAN, VILLALOBOS Y MICHATOYA, declaratoria que, con base en el dictamen técnico científico emitido por el Consejo Científico de CONRED, fue aprobada, avalada y ratificada por unanimidad por el Consejo Nacional para la Reducción de Desastres en sesión extraordinaria de fecha 2 de mayo de 2001, por lo que es pertinente emitir la normativa correspondiente a efecto de que la declaratoria tenga los efectos preventivos deseados.


CONSIDERANDO

Que la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca y del Lago de Amatitlán -AMSA- es el organismo al más alto nivel encargado de planificar, coordinar y ejecutar todas las medidas y acciones del sector público y privado que sean necesarias para recuperar el ecosistema del Lago de Amatitlán y todas sus cuencas tributarias. Que los recientes estudios de amenaza y vulnerabilidad realizados por la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca y del Lago de Amatitlán y la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres han sido determinantes para la identificación de los sectores que se consideran los más amenazados por los desastres naturales.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala

EN CONSEJO DE MINISTROS ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 14,513 veces.
  • Ficha Técnica: 664 veces.
  • Imagen Digital: 664 veces.
  • Texto: 530 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 63 veces.
  • Formato Word: 69 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu