DECRETO DEL CONGRESO  11-2001

Se integra la Corte de Constitucionalidad para el período constitucional 2001-2006.


DECRETO NUMERO 11-2001


EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que la Corte de Constitucionalidad se integra con cinco magistrados titulares, cada uno con su respectivo suplente, designados por el pleno de la Corte Suprema de Justicia, por el pleno del Congreso de la República, por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, por el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, y por la Asamblea del Colegio de Abogados, con fundamento en lo preceptuado en los artículos 269 de la Constitución Política de la República y 150 de la Ley de Amparo. Exhibición Personal y de Constitucionalidad.


CONSIDERANDO:

Que las autoridades de cada uno de los Organismos del Estado y demás instituciones designadoras han informado al Congreso de la República que en cumplimiento de las normativas constitucionales y de la Ley de Amparo. Exhibición Personal y de Constitucionalidad, han designado a los Magistrados Titular y Suplente ante la Corte de Constitucionalidad, como corresponde.


CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República de Guatemala debe emitir el decreto de integración de la Corte de Constitucionalidad y que los Magistrados Titulares y Suplentes prestarán juramento de fidelidad a la Constitución Política de la República ante este Organismo.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 171, literal a) y 269 de la Constitución Política de la República, 150, 153, y 157 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.


DECRETA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 1,602 veces.
  • Ficha Técnica: 28 veces.
  • Imagen Digital: 28 veces.
  • Texto: 28 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 4 veces.
  • Formato Word: 3 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu