ACUERDO GUBERNATIVO 12-11-1976
APRUÉBASE COMO NORMAS GUATEMALTEAS OBLIGATORIAS (NGO), LAS NORMAS 34 046 h13 Y 34 046 h14 "LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS".
Palacio Nacional: Guatemala, 12 de noviembre de 1976.
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que es necesario establecer las Normas relativas a la Leche y Productos Lácteos;
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Guatemalteca de Normas, aprobó las Normas 34 046 h13 y 34 046 h14, en sesión ordinaria número dos setenta y cinco (2/75), celebrada el día martes veintiuno de enero de mil novecientos setenta y cinco, y recomendó su aprobación por medio de Acuerdo Gubernativo,
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confieren los artículos 189, inciso 4º., de la Constitución de la República y 6º. del Decreto 1523 del Congreso de la República. Ley de Creación de la Comisión Guatemalteca de Normas, "COGUANOR".
ACUERDA:
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