ACUERDO GUBERNATIVO 442-99
Aprueba la Norma Guatemalteca obligatoria de especificaciones -COGUANOR NGO 59 001, Etiquetado de Calzado, adoptada por la Comisión Guatemalteca de Normas.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 442-99
Guatemala, 25 de Junio de 1999.
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que corresponde a la Comisión Guatemalteca de Normas (COGUANOR), estudiar, elaborar, adoptar y proponer al Organismo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Economía, la aprobación de normas que se consideren de utilidad para el país y contribuyan al desarrollo industrial, estableciendo principios de equidad en las relaciones entre productores y consumidores.
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Directivo de la Comisión Guatemalteca de Normas, convocó en su oportunidad a los sectores públicos y privados involucrados en la producción y comercialización de productos del calzado, así como otras entidades relacionadas con el tema a efecto de que se pronunciaran sobre la propuesta de norma que establece las características y requisitos que debe cumplir el etiquetado de calzado.
CONSIDERANDO:
Que consultados los sectores interesados y técnicos en la materia, emitieron opiniones las cuales fueron conocidas por el Consejo Directivo de la Comisión Guatemalteca de Normas y habiéndose sometido a estudio, ese Cuerpo Colegiado, en el punto duodécimo, acta 15-98, de fecha 10 de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, emitió la resolución número 16-98, en la que adopta la norma COGUANOR NGO 59 001, ETIQUETADO DE CALZADO. Estando satisfechos todos los requisitos necesarios para la adopción de esta norma, es procedente acordar su aprobación en forma legal.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con base en los Artículos 2º, literal b) y 6o. Del Decreto 1523 del Congreso de la República, Ley de Creación de la Comisión Guatemalteca de Normas (COGUANOR).
ACUERDA:
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