ACUERDO MINISTERIAL  332-2004

Prohíbe la Quema de llantas en el Territorio Nacional.

ACUERDO MINISTERIAL No. 332-2004

Guatemala, 24 de junio de 2004

El Ministro de Ambiente y Recursos Naturales

CONSIDERANDO:

El Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico.

CONSIDERANDO:

Que en los últimos años se ha venido manifestando, en algunos sectores de la sociedad malas prácticas que dañan la atmósfera y que van desde la quema de basura en vía pública hasta de llantas, situación que produce gases de efecto invernadero que alteren la capa de ozono.

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales es la instancia nacional encargada de evaluar el estado ambiental del país, así como de su control y seguimiento de conformidad con la ley.

POR TANTO:

En el ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos: 97, 194 inc. a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 12 de la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente; 29 "bis" del Decreto 90-2000 del Congreso de la República; 5 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.

ACUERDA:

PROHIBIR LA QUEMA INDISCRIMINADA DE LLANTAS EN EL TERRITORIO NACIONAL.

 
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