ACUERDO  9-2004

Modifica el inciso m) del artículo 38 del Acuerdo Número 19-89 que contiene el Régimen de Servicio Civil y de Clases Pasivas de la Corte de Constitucionalidad.

Modifica el inciso m) del artículo 38 del
Acuerdo Número 19-89 que contiene el Régimen
de Servicio Civil y de Clases Pasivas de la Corte
de Constitucionalidad.

ACUERDO NÚMERO 9-2004

LA CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD

CONSIDERANDO:

La Corte de Constitucionalidad es un ente autárquico que de conformidad con el texto supremo goza de independencia funcional y económica, condición que reconoce el artículo 165 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad. En uso de tal facultad, la Corte de Constitucionalidad dictó en su oportunidad, El Régimen de Servicio Civil y de Clases Pasivas de la misma, aprobado por el Acuerdo 19-89, en el cual se establecen derechos de carácter mínimo, que, obviamente son susceptibles de mejorarse.

POR TANTO:

En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 268 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 165, 185, 188 y 191 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.

ACUERDA:

 
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