ACUERDO MUNICIPAL  COM_031-2003

Crea la Tasa para Tratamiento de Aguas Servidas para los usuarios de la Lotificación Hacienda Real.

Crea la Tasa para Tratamiento de Aguas Servidas para los usuarios de la Lotificación Hacienda Real.

ACUERDO No. COM-031-2003

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que por imperativo constitucional las municipalidades son instituciones autónomas, pudiendo en consecuencia el Concejo Municipal, emitir y aprobar los acuerdos, reglamentos y ordenanzas, para el establecimiento, mantenimiento y mejoramiento de los servicios públicos locales, entre los cuales se encuentra la prestación del servicio de agua potable, alcantarillado y saneamiento.

CONSIDERANDO:

Que dentro de las competencias propias de la Municipalidad de Guatemala, le corresponde entre otros el tratamiento y disposición de aguas servidas, servicio que prestará a través de la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala –EMPAGUA-, para lo cual se deberá de establecer y aprobar la tasa respectiva para cubrir la operación y mantenimiento de dichas plantas.

CONSIDERANDO:

Que con fecha 4 de diciembre del año 2002 la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala –EMPAGUA- y la Unidad Ejecutora del Proyecto Hacienda Real, suscribieron convenio para la prestación del servicio de agua potable y alcantarillado, de la Lotificación Hacienda Real, habiéndose establecido en dicho convenio que la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala –EMPAGUA- al recibir la red de drenajes, alcantarillado y las tres plantas de tratamiento de aguas servidas construidas en la lotificación se encargaría de mantenerlas y operarlas, cuyo costo sería cancelado por los adjudicatarios y/o propietarios de los inmuebles de la referida lotificación, é incluido en las facturas mensuales del servicio de consumo de agua potable y alcantarillado.

CONSIDERANDO

Que Junta Directiva de la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala –EMPAGUA- en sesión celebrada el diez de octubre de dos mil tres, conoció y aprobó el proyecto de la creación de la Tasa por Tratamiento de Aguas Servidas para los Usuarios de la Lotificación Hacienda Real según consta en el Punto Tercero del acta número Ochenta y dos guión dos mil tres (082-2003) en el cual acordó proponer a este Concejo Municipal la aprobación de dicha tasa para cobrar la prestación de este servicio.

POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado, y lo dispuesto en los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 9, 17 inciso d), 35 inciso d) é i), 42, 67, 68 incisos a) é i), 72 y 73 inciso a) y 100 del Código Municipal (Decreto número 12-2002 del Congreso de la República); 92 del Código de Salud; y 38 del Reglamento del Servicio Público de Alcantarillado y Drenajes para el Municipio de Guatemala.

ACUERDA:

 
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