EXPEDIENTE  5-2004

Suspensión Provisional del Acuerdo Gubernativo 765-2003 del Presidente de la República.

EXPEDIENTE 05-2004

Oficial 3º. De Secretaría.

Asunto: Inconstitucionalidad General Total. Solicitante: COMITÉ COORDINADOR DE ASOCIACIONES AGRÍCOLAS, COMERCIALES, INDUSTRIALES Y FINANCIERAS (CACIF). Norma Impugnada: ACUERDO GUBERNATIVO SETECIENTOS SESENTA Y CINCO – DOS MIL TRES (765-2003), EMITIDO POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, DE FECHA VEINTISIETE DE NOVIEMBRE Y PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL EL VEINTIOCHO DE NOVIEMBRE, AMBOS DE DOS MIL TRES. CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, quince de enero de dos mil cuatro. Se tiene a la vista la acción de Inconstitucionalidad General Total del Acuerdo Gubernativo setecientos sesenta y cinco – dos mil tres (765-2003), emitido por el Presidente de la República de Guatemala, de fecha veintisiete de noviembre y publicado en el diario oficial el veintiocho de noviembre, ambos de dos mil tres promovida por el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif).

CONSIDERANDO

El artículo 138 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad establece: “…la Corte de Constitucionalidad deberá decretar, de oficio y sin formar artículo, dentro de los ocho días siguientes a la interposición, la suspensión provisional de la ley, reglamento o disposición de carácter general si, a su juicio, la inconstitucionalidad fuere notoria y susceptible de causar gravámenes irreparables…”. En el presente caso, esta Corte estima que concurren los supuestos que prevé la norma legal precitada, razón por la cual, se decreta la suspensión provisional de la disposición impugnada tal como se indica la parte resolutiva del presente auto.

CITA DE LEYES

Artículo citado y 139 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.

POR TANTO

 
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