ACUERDO GUBERNATIVO 41-89
Modificaciones a los artículos 2º, 3º, 4º, incisos a), b), d), f) y l), 5º, 8º, y 11 del Reglamento de Control Aduanal en el Régimen Cambiario
Modificaciones a los artículos 2º, 3º, 4º, incisos a), b), d), f) y l), 5º, 8º, y 11 del Reglamento de Control Aduanal en el Régimen Cambiario
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 41-89
Palacio Nacional: Guatemala, 27 de enero de 1989.
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo Gubernativo número 323-86 de fecha 5 de junio de 1986, fue aprobado el Reglamento de Control Aduanal en el Régimen Cambiario, emitido por Resolución JM-102-86 de la Junta Monetaria, conforme el artículo 4º del Decreto número 22-86 del Congreso de la República y artículo 7º del Reglamento de Dirección y Administración del Régimen Cambiario;
CONSIDERANDO:
Que la Junta Monetaria mediante el Punto Cuarto del Acta número 2-89, Resolución JM-8-89 , resolvió modificar los artículos 2º, 3º, 4º, incisos a), b), d), f) y l), 5º, 8º y 11 del Reglamento referido, por lo que conviene dictar la disposición pertinente que apruebe tales modificaciones,
POR TANTO,
En el ejercicio de la función que le confiere el artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
ACUERDA:
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