ACUERDO  1039

Deja sin efecto a partir del 1 de febrero de 1997, la suspensión de la vigencia del Acuerdo Número 1024 de Junta Directiva, dispuesta en el Acuerdo número 1032 emitido por el mismo Organo.

Deja sin efecto a partir del 1 de febrero de 1997, la suspensión de la vigencia del Acuerdo Número 1024 de la Junta Directiva del IGSS.

ACUERDO NUMERO 1039

La Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social

CONSIDERANDO:

Que por Acuerdo número 1032 de Junta Directiva se suspendió temporalmente la vigencia del Acuerdo número 1024 del mismo Organo, que se emitió para la aplicación a partir del 2 de enero de 1996 del Programa sobre Protección relativa a Enfermedad y Maternidad en el Departamento de Suchitepéquez, por no haber estado el Instituto en aquella fecha, en posibilidades de otorgar una adecuada atención a los afiliados y beneficiarios de dicho Programa en el mencionado Departamento.

CONSIDERANDO:

Que se han superado los obstáculos que motivaron la suspensión temporal del Acuerdo número 1024 de esta Junta, para dar cobertura del Programa sobre Protección relativa a Enfermedad y Maternidad en el Departamento de Suchitepéquez, por lo cual se debe emitir las normas que permitan aplicar dicha extensión.

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere los Artículos 19 inciso a) y 37 del Decreto 295 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social,

ACUERDA:

 
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