DECRETO LEY 109-82
Legaliza la rebaja de intereses en los contratos de crédito otorgados por las instituciones bancarias
Legaliza la rebaja de intereses en los contratos de crédito otorgados por las instituciones bancarias
DECRETO LEY NUMERO 109-82
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que dada la situación imperante en el país, la baja en los precios de los productos de exportación y la recesión generalizada, se emitieron recomendaciones por parte de las autoridades monetarias a los bancos del sistema, para que redujesen la tasa de interés en operaciones de crédito otorgados con anterioridad al 15 de noviembre de 1982;
CONSIDERANDO:
Que es necesario facilitar a las entidades bancarias la formalización de las reducciones en la tasa de interés que acuerden en apego a las recomendaciones formuladas por las autoridades monetarias, para cuyo propósito es procedente emitir en ese sentido la correspondiente disposición legal,
POR TANTO,
En el ejercicio de las facultades que le otorga el Artículo 4º, del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por el Decreto Ley número 36-82,
DECRETA:
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