ACUERDO GUBERNATIVO 149-94
Reglamento del Consejo Técnico de Arqueología.
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 149-94
Palacio Nacional: Guatemala, 13 de abril de 1994.
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el Artículo 59 de la Constitución Política de la República de Guatemala, es obligación del Estado la protección e investigación de la Cultura, debiendo emitir leyes y disposiciones que tiendan a su enriquecimiento, restauración, preservación y recuperación; así como reglamentar su investigación científica, la creación y la aplicación de tecnología apropiada.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario proteger la investigación arqueológica, por lo que es conveniente crear un Consejo Técnico que reúna a Profesionales en Arqueología para evaluar, dictaminar y asesorar sobre Proyectos de Investigación y disciplinas afines.
POR TANTO:
En ejercicio de la función que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en su Artículo 183 inciso e), y con fundamento en el Artículo 1o. del Decreto 93 del Congreso de la República de Guatemala, modificado por el Decreto Ley 25-86 del Jefe de Estado.
ACUERDA:
Aprobar el siguiente:
Reglamento del Consejo Técnico de Arqueología:
CAPITULO I
NATURALEZA, OBJETIVOS E INTEGRACION
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