DECRETO LEY 138-83
Ley de Inscripción y Empadronamiento de Ciudadanos.
DECRETO LEY NUMERO 138-83
EL JEFE DE ESTADO,
CONSIDERANDO:
Que el Tribunal Supremo Electoral ejercitando la facultad de iniciativa que le otorga el Decreto Ley No 98-83, teniendo en cuenta que se ha suprimido el Registro General de Población, y que es necesario asegurar la pureza del proceso electoral, ha propuesto el Proyecto de Ley mediante el cual se le asigna al Registro de Ciudadanos, la responsabilidad de inscribir y empadronar a los ciudadanos, dentro del plazo establecido por el calendario electoral que ya es del conocimiento público;
CONSIDERANDO:
Que para la consecución de los objetivos enunciados en el considerando que antecede, normar el proceso de inscripción de ciudadanos y elaborar el padrón electoral correspondiente, con vista a la realización de futuros eventos electorales, se hace necesario promulgar la ley reguladora de dichas actividades,
POR TANTO,
En el ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 4º y 5º del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por los Decretos Leyes números 36-82 y 87-83,
En Consejo de Ministros,
DECRETA:
La siguiente
LEY DE INSCRIPCION Y EMPADRONAMIENTO DE CIUDADANOS
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