ACUERDO 3-96
Reglamento de la Carrera del Ministerio Público.
ACUERDO NUMERO 3-96
EL CONSEJO
DEL MINISTERIO PUBLICO
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la ley, el Consejo del Ministerio Público elaborará los reglamentos que a dicho órgano le competen;
CONSIDERANDO:
Que es atribución del Consejo, como entidad encargada de la organización y trámite de los concursos de oposición, emitir el reglamento de la carrera del Ministerio Público, en concordancia con la Ley Orgánica de dicha Institución y en congruencia con las normas constitucionales y legales que le son aplicables.
POR TANTO
De conformidad con los artículos 17, 18, 79 y 82 del Decreto número 40-94 del Congreso de la República (Ley Orgánica del Ministerio Público), y habiendo sido aprobado en el punto cuarto del acta número 24-96 de fecha 10 del mes en curso,
ACUERDA:
El siguiente:
REGLAMENTO DE LA CARRERA DEL MINISTERIO PUBLICO
TITULO I. AMBITO DE APLICACION.
CAPITULO UNICO.
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