ACUERDO GUBERNATIVO 346
Reglamento que Determina los Trabajos no Sujetos a las Limitaciones de la Jornada Ordinaria de Trabajo
Acuerdo Gubernativo Número 346
Palacio Nacional: Guatemala, 21 de diciembre de 1960.
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 124 del Código de Trabajo, se especifican labores que por su propia naturaleza no deben estar sujetas a las limitaciones de la jornada ordinaria de trabajo; por lo que para la debida regulación de dichos preceptos se hace necesario emitir un reglamento que determine cuáles son esas labores, y que precise las prescripciones legales referentes a la protección debida a los trabajadores a quienes corresponda desarrollarlas;
POR TANTO,
Con base en los artículos 116 inciso 3° y 168 inciso 4° de la Constitución de la República; 124 y III de las Disposiciones Finales del Código de Trabajo; y 2° incisos 2), 3) y 10 del Decreto 1117 del Congreso de la República,
ACUERDA:
El siguiente
REGLAMENTO QUE DETERMINA LOS TRABAJOS NO SUJETOS A LAS LIMITACIONES DE LA
JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO
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