DECRETO DEL CONGRESO  29-91

Aprueba la Convención Interamericana Sobre el Domicilio de las Personas Físicas en el Derecho Internacional Privado

DECRETO NUMERO 29-91

El Congreso de la República de Guatemala,

CONSIDERANDO:

Que la República de Guatemala suscribió el 8 de mayo de 1979, en Montevideo, Uruguay, la Convención Interamericana Sobre Domicilio de las Personas Físicas en el Derecho Internacional Privado;

CONSIDERANDO:

Que la referida Convención, regula lo relativo al domicilio de las personas físicas, de las personas incapaces, el de los cónyuges, el de los funcionarios diplomáticos y el de las personas que tengan más de un domicilio, todo lo cual se encuentra en concordancia con la Constitución Política de la República de Guatemala y con el contenido de nuestra Ley Civil Sustantiva;

CONSIDERANDO:

Que esta Convención tiene el propósito de dar seguridad a las transacciones comerciales que dentro del ámbito civil, mercantil, laboral o de cualquiera otra naturaleza se lleven a cabo, siempre y cuando no sea usada por los particulares en contra del Estado de Guatemala,

POR TANTO,

En ejercicio de las facultades que le confieren las literales a) y l) del Articulo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala,

DECRETA:

 
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