ACUERDO GUBERNATIVO 372-2003
Reglamento del Consejo Directivo de la Orquesta Sinfónica Nacional
ACUERDO GUBERNATIVO No. 372-2003
Guatemala, 25 de junio de 2003
EL PRESIDENTE DE LA REÚBLICA
CONSEDERANDO:
Que mediante Decreto número 80-91 reformado por el Decreto número 24-93, ambos del Congreso de la República, fue declarada como parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación como valor artístico, la Orquesta Sinfónica Nacional, incluyendo los archivos de música, instrumentos, colecciones y manuscritos, así como cualquier objeto relacionado con este grupo.
CONSIDERANDO:
Que en los Decretos mencionado se estableció que la Orquesta Sinfónica Nacional, constituirá un fondo financiero, de carácter privativo, con los ingresos que reciba directamente del Ministerio de Fianzas Públicas, provenientes de sus prestaciones y de otras actividades que realice; para la ejecución de dichos recursos deberá realizar una programación que será aprobada por su Consejo Directivo.
CONSIDERANDO:
Que en los Decretos citados dejaron en la normativa reglamentaria la Regularización de lo relativo a la integración y funcionamiento del Consejo Directivo de la Orquesta Sinfónica Nacional, siendo este órgano fundamental para la adopción de decisiones que propicien su conservación, fortalecimiento y el cumplimiento de sus objetivos.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en lo estipulado en el artículo 1 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República.
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA
ORQUESTA SINFÓNICA NACIONAL
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