ACUERDO GUBERNATIVO  520-99

Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda

*Derogado por el Acuerdo Gubernativo 311-2019

ACUERDO GUBERNATIVO No. 520-99

Guatemala, 29 de junio de 1999.

El Presidente de la República,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Número 114-97 del Congreso de la República fue emitida la Ley del Organismo Ejecutivo, a fin de desarrollar los preceptos constitucionales sobre la organización, atribuciones y funcionamiento del Organismo Ejecutivo, cuyas funciones deben ejercitarse con arreglo a los principios de solidaridad, subsidiariedad, transparencia, probidad, eficacia, eficiencia, descentralización y participación ciudadana.

CONSIDERANDO:

Que los propósitos y filosofía de la Ley del Organismo Ejecutivo se orientan a modernizar y hacer más eficiente la administración pública, a través del ejercicio de la función administrativa y la formulación y ejecución de las políticas de Gobierno, con las cuales deben coordinarse las entidades que forman parte de la administración descentralizada.

CONSIDERANDO:

Que dentro del marco de la Modernización de la Administración Pública, los Ministros de Estado, como parte de sus atribuciones generales, deben encaminar sus acciones a efecto de desconcentrar y descentralizar las funciones y servicios públicos que correspondan a su ramo, y proponer los mecanismos para que el Gobierno de la República asuma para sí, en plan subsidiario, el financiamiento de dichos servicios, cuando así corresponda, o en su caso, delegar las funciones de gestión administrativa, ejecución y supervisión de conformidad con la Ley.

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo anterior, y de conformidad con la estructura administrativa que señala el artículo 24 de la Ley del Organismo Ejecutivo, para el despacho de los asuntos que compete atender a los Ministerios de Estado, el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, estableció la conveniencias de adecuar su estructura a la dinámica y exigencias que imponen los procesos de modernización.

POR TANTO:

En ejercicio de la función que le confiere el Artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los Artículos 19, 24, 27 inciso l) y 49 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto No. 114-97 del Congreso de la República,

ACUERDA:

Aprobar el siguiente:

"REGLAMENTO ORGANICO INTERNO DEL MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA"

TITULO I

IDENTIDAD Y FUNCIONES GENERALES

CAPITULO I

 
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