ACUERDO  219-87

Regulaciones para Inscripción y Funcionamiento de Guías de Turismo

*Derogado por el artículo 36 del Acuerdo No. 187-2007-D, del Director del Instituto Guatemalteco de Turismo -INGUAT-, de fecha 07-05-2007.

ACUERDO NUMERO 219-87

LA DIRECTORA DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE TURISMO

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo que establece el artículo 4° inciso n) del Decreto 1701 del Congreso de la República, el Instituto Guatemalteco de Turismo está obligado a orientar la organización y funcionamiento de asociaciones, comités y otras entidades que se constituyan con fines de promoción turística, velando porque la actividad turística se lleve a cabo en forma integrada y ordenada;


CONSIDERANDO:

Que es conveniente reglamentar las actividades de los Guías de Turismo con normas específicas adecuadas en beneficio del turismo;

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo de Dirección N°.126-81 de fecha 7 de septiembre de 1981 que regula la obtención de licencia para los guías de turismo es inoperante en la actualidad,

POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y en lo establecido por los artículos 5° inciso m), 6°, 17, 28 y 29 del Decreto 1701 del Congreso de la República, Ley Orgánica del INGUAT,

ACUERDA:

Dictar las siguientes

"REGULACIONES PARA INSCRIPCION Y FUNCIONAMIENTO
DE GUIAS DE TURISMO"

CAPITULO I

Generalidades

 
...
Consultas:
  • Buscado: 5,300 veces.
  • Ficha Técnica: 53 veces.
  • Imagen Digital: 10 veces.
  • Texto: 53 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 3 veces.
  • Formato Word: 6 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu