DECRETO DEL CONGRESO  80-91

Declara parte Integrante del Patrimonio Cultural de la Nación "La Orquesta Sinfónica Nacional"

DECRETO NUMERO 80-91

El Congreso de la República de Guatemala,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que constituyen Patrimonio Cultural de la Nación, entre otros, los bienes y valores históricos y artísticos del país los que están bajo la protección del Estado. Y Establece para éstos un régimen especial para preservar, resguardarlos, así como para velar por su protección y mejoramiento;

CONSIDERANDO:

Que es obligación primordial del Estado, proteger, fomentar y divulgar la cultura nacional, emitiendo las leyes y disposiciones que tiendan a su restauración, preservación y recuperación;

CONSIDERANDO:

La Orquesta Sinfónica Nacional desde su fundación ha venido contribuyendo a la vida cultural, artística e histórica de la Nación, conformando un patrimonio cultural que debe ser objeto de especial protección, a efecto de preservarlo y conservarla para que continúe cumpliendo con los fines para lo que fue creada,

POR TANTO,

Con fundamento en los Artículos 59, 60, 62 y 63 de la Constitución Política de la República de Guatemala, y en cumplimiento a las atribuciones que establece el inciso a) del Artículo 171 de la misma,

DECRETA:

 
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