DECRETO LEY 117-84
Reforma al Decreto Número 26-77, Fomento al Desarrollo de la Marina Mercante Nacional
DECRETO-LEY NUMERO 117-84
EL JEFE DE ESTADO,
CONSIDERANDO:
Que por medio del Decreto número 26-77 del Congreso de la República se dispuso la constitución de un fondo para el "Fomento al Desarrollo de la Marina Mercante Nacional", en un programa específico de asistencia crediticia que incluye la asistencia financiera para la elaboración de estudios técnicos que ayuden al fomento y desarrollo de la Marina Mercante Nacional, cuya utilización por parte de los entes involucrados en esta actividad productiva no está suficientemente regulada, por lo que es necesario contemplar este aspecto;
CONSIDERANDO:
Que tanto la supervisión y control de los ingresos provenientes de la aplicación del Decreto número 26-77, modificado por el Decreto número 1-82, ambos del Congreso de la República, como la administración del "Fondo para el Fomento al Desarrollo de la Marina Mercante Nacional", en el programa específico de asistencia crediticia, están a cargo de la Corporación Financiera Nacional -CORFINA-, sin que esta entidad obtenga remuneración por tales actividades, la cual es necesario reconocerle y de lo que se deriva la necesidad de emitir la presente disposición legal,
POR TANTO,
En el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 4º. del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por los Decretos-Leyes números 36-82 y 87-83,
DECRETA:
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