DECRETO DEL CONGRESO 29-95
Reformas al Código Civil, Código de Comercio de Guatemala, Ley de Bancos, Ley Orgánica del Crédito Hipotecario Nacional, Código de Comercio y Código Civil.
DECRETO NUMERO 29-95
El Congreso de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que es necesario decretar la disposición legal que dé carácter permanente a la libre contratación de las tasas de interés para propiciar la eficiente asignación de los recursos financieros.
CONSIDERANDO:
Que la Junta Monetaria mediante Resolución JM-801-93 del 19 de noviembre de 1993, se pronunció favorablemente respecto a la conveniencia que la disposición de que las tasas de interés se pacten libremente, sea elevada a la categoría de Ley de la República.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el inciso a) del Artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA:
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