DECRETO DEL CONGRESO 07-2003
Reformas a La Ley del Ceremonial Diplomático, Decreto Número 86-73 del Congreso de la República
DECRETO NUMERO 07-2003
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO:
Que el Estado de Guatemala como parte de la comunidad internacional mantendrá y cultivará relaciones con otros Estados, debiendo procurar y asegurar para el efecto, la debida solemnidad en los actos protocolarios y ceremoniales.
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Número 86-73 del Congreso de la República debe ser un instrumento que se adapte a los cambios que se generen internacionalmente, para resguardar la uniformidad en el trato de los agentes diplomáticos y consulares en materia ceremonial y protocolaria.
CONSIDERANDO:
Que deben establecerse los lineamientos legales a observarse dentro de los actos diplomáticos que realizan los funcionarios representantes del Estado de Guatemala, considerados de gran importancia para el desarrollo de las relaciones internacionales, las cuales coadyuvan al desarrollo de la Nación.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República.
DECRETA:
Las siguientes:
REFORMAS A LA LEY DEL CEREMONIAL DIPLOMÁTICO, DECRETO NUMERO 86-73 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
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