RESOLUCIÓN  M-SAT-IA-1350-99

Resolución Número 20410, permite a los Estados Unidos el desalmacenaje de artículos perecederos.

MEMORANDUM
M-SAT-IA-1350-99

PARA, Lic. Carlos Reyes, Administrador de Aduana Express Aéreo

Cc. Embajada de los Estados Unidos de América
Lic. María Elena Avila, Coordinadora Región Central
Ing. Cesar Estrada, Jefe Regional Central
Lic. Marco Alfonso García, Depto. De Regímenes Aduaneros

DE: Lic. José Francisco Ovando, Intendente de Aduanas

ASUNTO: Resolución No. 20410

FECHA: 26 de agosto de 1999

Sírvase encontrar adjunto fotocopia del Oficio Circular número 18-90 de fecha 14 de febrero de 1990, emitida por la Dirección General de Aduanas, que transcribe la resolución número 20410 dictada por el Ministerio de Finanzas Públicas el 27 de diciembre de 1989, por el que se permite a la embajada de los Estados Unidos de América, el desalmacenaje de artículos perecederos (vacunas, comestibles, congelados, chocolates, medicinas, animales vivos y abarrotes), aplicando el Acuerdo Ministerial No. 4-87 de fecha 27 de febrero de 1987 dictado por el citado Ministerio, del cual se acompaña fotocopia.

En tal virtud, cuando la embajada de los Estados Unidos de América requiera el desalmacenaje de los artículos citados en el párrafo anterior, podrá permitirseles levantando Acta interna, siempre y cuando se acredite, con fotocopia de los documentos respectivos, la propiedad y consignación a favor de la citada Embajada de las mercancías a importarse, así como la iniciación del Trámite de exoneración ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.

De la citada Acta, entregará copia o fotocopia de la misma a la Embajada de los Estados Unidos de América, para que haga referencia a la misma cuando legalice la importación y remitirá copia o fotocopia al Departamento de Regímenes Aduaneros de la Intendencia de Aduanas, para su control interno.

Atentamente,

TOMO CCXXX

Guatemala, 27 de febrero de 1,987

Autorice a la Dirección General de Aduanas, para que permita el desalmacenaje mediante el sistema de "Acta de Compromiso"

ACUERDO MINISTERIAL No. 4-87.

Palacio Nacional: Guatemala, 25 de febrero de 1987.

El Ministro de Finanzas Públicas.

CONSIDERANDO:

Que las Convenciones de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y consulares, aprobadas por Decreto -Ley numero 103 y Decreto 75-72 del Congreso de la República, respectivamente, permiten la exoneración de todos los derechos de aduana, impuestos y gravámenes conexos, a las importaciones que efectúen las Misiones Diplomáticas y Consulares así como para sus Funcionarios debidamente acreditadas en la república, por lo que es menester proveer facilidades para expeditar el desalmacenaje de las mercancías que lleguen a su consignación,

POR TANTO,

En el ejercicio de las facultades que le concede el Artículo 4º, numeral 7) del Decreto número 106-71 del Congreso de la república, Ley del Ministerio de Finanzas Públicas.

ACUERDA:

 
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