ACUERDO  04

Exoneración el Pago de recargos del impuesto de recreación caído en mora

*Derogado por el Acuerdo No. 05 de la Junta Directiva del Instituto de Recreación de los trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala.

ACUERDO NUMERO CUATRO (04)

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE RECREACION DE LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA PRIVADA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que la recaudación del impuesto de recreación, es realizada a través del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) en el momento de recaudar éste sus contribuciones ordinarias y que su falta de pago en tiempo es sancionada de acuerdo a las normas emitidas por éste para sus afiliados.

CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) ha resuelto exonerar del pago de los recargos sobre las cuotas Patronales y de Trabajadores, a los patronos que hayan incurrido en mora por el pago de Cuotas anteriores al mes de febrero de 2,003, siempre que lo adeudado se cancele desde la vigencia del presente acuerdo hasta el 27 de junio de 2,003. La referida exoneración también será aplicable a los patronos que dentro del período establecido soliciten por escrito y a la vez formalicen convenio de pago por las cuotas caídas en mora.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con las disposiciones emitidas por el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) y dado que éste actúa como recaudador del impuesto de recreación, siendo necesario facilitar a los patronos afectados el sector privado, el pago del impuesto de recreación caído en mora dentro de las contribuciones que efectúen al mismo Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS).

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confieren los artículos 14. y 15 del Decreto 1528 del Congreso de la República de Guatemala; 7 y 20 del Acuerdo Gubernativo 689; 10 literal e) del Acuerdo Gubernativo 735.

ACUERDA:

 
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