ACUERDO MUNICIPAL  COM 002-2002

Reglamento del uso de la vía pública para la instalación de infraestructura aérea o subterránea, para la transmisión de los servicios de información, comunicación y energía.

ACUERDO COM. 002-2002

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que corresponde con exclusividad a la Corporación Municipal la deliberación y decisión de gobierno y administración del patrimonio e intereses de su municipio, emitiendo para el efecto las ordenanzas y reglamentos respectivos.

CONSIDERANDO:

Que la infraestructura instalada en la vía pública por las empresas individuales y jurídicas para prestar los servicios de información, comunicación y energía a los vecinos, además de dañar y obstaculizar las áreas destinadas a la locomoción peatonal y circulación vehicular, ha perjudicado el ornato e imagen urbana de la ciudad.

CONSIDERANDO:

Que según Acuerdo del Concejo Municipal de fecha nueve de octubre de mil novecientos ochenta y seis, reformado por Acuerdo de fecha 15 de diciembre de 1993 se emitieron las NORMAS PARA EL USO DE LAS VIAS URBANAS PUBLICAS, POR EL PASO DE LINEAS ALAMBRICAS DE TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN, COMUNICACIÓN O DE ENERGÍA.

CONSIDERANDO:

Que la mayor parte de las normas contenidas en ambos acuerdos ya no se ajustan a las circunstancias actuales, por lo que se hace necesario emitir una reglamentación acorde a los avances tecnológicos de los medios para la transmisión de información, comunicación y energía que regule la instalación de su infraestructura en la vía pública, establezca los valores por su uso y las sanciones respectivas.

CONSIDERANDO:

Que la Ley General de Telecomunicaciones, Decreto 94-96 del Congreso de la República de Guatemala, establece la constitución de servidumbres para la instalación de redes de telecomunicaciones en la vía pública, y la Ley Reguladora del uso y Captación de Señales vía Satélite y su Distribución por Cable, Decreto 41-92 del citado Organismo estipula como condición previa al funcionamiento de las redes de transmisión en la vía pública, la autorización municipal.

POR TANTO:

Con base en la considerado y en lo que establecen los artículos 121, 253, 254, 255 y 260 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 4, 6, 7, 11, 30, 32, 39, 40 41, 52, 82, 84, 85, 119, 120 y 121 del Código Municipal, Decreto No. 58-88 del Congreso de la República.

ACUERDA:

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO DEL USO DE LA VÍA PUBLICA PARA LA
INSTALACION DE INFRAESTRUCTURA AEREA O SUBTERRANEA,
PARA LA TRANSMISIÓN DE LOS SERVICIOS DE INFORMACIÓN,
COMUNICACIÓN Y ENERGÍA.

TITULO I
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Y DEFINICIONES

 
...
Consultas:
  • Buscado: 3,988 veces.
  • Ficha Técnica: 136 veces.
  • Imagen Digital: 135 veces.
  • Texto: 134 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 22 veces.
  • Formato Word: 25 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu