DECRETO LEY 5-85
Modificación al Decreto 1683 del Congreso de la República, Auxilio Póstumo para el Magisterio
DECRETO- LEY NUMERO 5-85
EL JEFE DE ESTADO,
CONSIDERANDO:
Que es evidente el surgimiento de nuevas necesidades socioeconómicas de los miembros de la Conexión de Auxilio Póstumo del Magisterio Nacional de Guatemala, que funciona conforme sus Estatutos, aprobados por Acuerdo gubernativo de fecha 17 de octubre de 1979;
CONSIDERANDO:
Que la citada Asociación ha solicitado autorización legal para crear, implementar y promocionar programas que, sin desatender la prestación de auxilio póstumo, beneficien directamente a los asociados y/o a sus beneficiarios, de los que se deriva la necesidad de emitir la disposición legal correspondiente,
POR TANTO,
En el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 4 del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por los Decretos-Leyes números 36-82 y 87-83,
DECRETA:
Las siguientes
Modificaciones al Decreto número 1683 del congreso de la República,
reformado por los Decretos números 34-69 y 11-72 del mismo Organismo.
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