ACUERDO MINISTERIAL  036-2003

Publica la Resolución número 101-2002 del Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano. "Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano" "RECAUCA" (Derogado)

*Derogado a partir del 25 de agosto de 2008, por numeral 2 de la Resolución No. 224-2008 (COMIECO-XLIX), Acuerdo Ministerial No. 471-2008 del Ministro de Economía de fecha 13-05-2008.

ACUERDO No. 036-2003

Guatemala, 14 de enero de 2003

La Ministra de Economía,

CONSIDERANDO:

Que en los términos del artículo 7 literal a) del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, es competencia del Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano adoptar las decisiones que requiere el funcionamiento del Régimen;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 101-2002 de fecha 12 de diciembre de 2002, el Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano aprobó el Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA), en la forma en que aparece en el anexo de la aludida resolución y forma parte integrante de la misma, asimismo deroga la Resolución No. 71-2000 (COMIECO) del Consejo de Ministros de Integración Económica de 30 de octubre de 2000.

POR TANTO;

En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 27, literal m) del Decreto 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo,

ACUERDA:

Publicar la Resolución número 101-2002 del Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano, la que aparece como anexo del presente Acuerdo.

COMUNÍQUESE

EL VICEMINISTRO DE INVERSION Y COMPETENCIA


PATRICIA RAMIREZ CEBERG

GUIDO ORLANDO RODAS RODAS


RESOLUCION No 101-2002

EL CONSEJO ARANCELARIO Y ADUANERO CENTROAMERICANO

CONSIDERANDO:

Que el 27 de abril de 2000 se suscribió el Segundo Protocolo de Modificación al Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA), cuyo proceso legislativo de aprobación ya se ha iniciado en algunos Estados;

Que sobre la base del artículo 103 de CAUCA y 3 del Protocolo de Modificación suscrito el 7 de enero de 1993, el Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano, mediante Resolución No. 85-2002, del 19 de junio de 2002, aprobó las modificaciones al CAUCA, contenidas en el Segundo Protocolo de 27 de abril de 2000;

Que el Comité Aduanero instruyó al Grupo Técnico de Legislación Aduanera para que procediera a la reglamentación del CAUCA;

Que el Grupo Técnico del Legislación Aduanera concluyó los trabajos de reglamentación del CAUCA, elevando el proyecto de Reglamento a los Directores Generales de Aduana quienes, constituidos como Comité Aduanero, aprobaron en su V Reunión celebrada en San Salvador, República de El Salvador los días 3 y 4 de octubre de 2002, el referido proyecto, solicitando a la SIECA que el mismo sea conocido y aprobado por el Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano;

POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 1, 3, 5, 6, 7 y 12 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano;

RESUELVE:

 
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