ACUERDO  579

Tercer Acuerdo de aplicación del Reglamento sobre Protección relativa a Invalidez, Vejez y Sobrevivencia.

ACUERDO NÚMERO 579

La Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social,

CONSIDERANDO:

Que una de las principales funciones del Régimen de Seguridad Social es aplicar la protección en casos de invalidez, vejez y muerte de los trabajadores a través del programa correspondiente.

Que el artículo 7º del Acuerdo No. 481 de la Junta Directiva del Instituto, Reglamento sobre Protección Relativa a Invalidez, Vejez y Sobrevivencia, establece que la propia junta emitirá los acuerdos de aplicación respectivos.

Que los trabajadores del Estado pagados en planilla no cuentan con este tipo de protección y que ésta les es indispensable.

Que de conformidad con los estudios actuariales que sirven de base al Programa de Pensiones y con los demás estudios técnicos relacionados con el mismo, es factible aplicar la cobertura a dichos trabajadores.

Que es intención del Gobierno el hacer efectiva la política social, en beneficio de todos los habitantes del país, a través del Régimen de Seguridad Social que dignifica a los trabajadores y que se han hecho las consultas pertinentes entre las dependencias públicas responsables del pago de la contribución del Estado para garantizar su cumplimiento,

POR TANTO,

Con base en el inciso a) del artículo 19 de la Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (Decreto 295 del Congreso de la República),

ACUERDA:

Emitir el siguiente

TERCER ACUERDO DE APLICACIÓN DEL REGLAMENTO SOBRE PROTECCION RELATIVA A INVALIDEZ, VEJEZ Y SOBREVIVENCIA

 
...
Consultas:
  • Buscado: 793 veces.
  • Ficha Técnica: 26 veces.
  • Imagen Digital: 0 veces.
  • Texto: 26 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 3 veces.
  • Formato Word: 8 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu